El documento regula
la participación de la ciudadanía en los plenos a través del concejal nº 14.

Esta fórmula de participación ciudadana permite establecer un turno de ruegos y preguntas para el público asistente, que deberán presentar las preguntas
previamente para que sea evaluada por la
Comisión de Participación y Transparencia que se creará para tal fin con
representación de todos los grupos municipales.
Además, el nuevo reglamento del Ayuntamiento regula el acceso
de todos los concejales de la
Corporación sobre la gestión municipal de los concejales, así como la
asistencia a plenos, sus derechos y sus responsabilidades.
Cuenta con un capítulo dedicado a la organización
política del Ayuntamiento, constitución de grupos políticos y miembros no
adscritos. Y presta especial atención a la organización y funcionamiento del Pleno, la convocatoria de las diferentes sesiones:
ordinaria, extraordinaria y urgente, la fijación del orden del día, juntas de portavoces, estructura de la sesiones,
votaciones mociones, ruegos y preguntas
En cuanto a los relativo a la asistencia a las sesiones
plenarias por parte de los miembros incluye un novedoso artículo relativo a la
delegación del voto en caso de que la no asistencia a la sesión se produzca por
causa de maternidad o paternidad de los representantes políticos, durante las 6
semanas siguientes al parto.
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